El contrato de formación en alternancia 2025 ya es oficial.
El BOE del 26 de noviembre publicó el Real Decreto 1065/2025, que define con mucha más claridad qué debe ser (y qué no) un contrato formativo.
Si trabajas con FP Dual, eres empresa, centro educativo o estás en RRHH, esto te afecta directamente: cambia la forma en que debe organizarse la formación, la tutorización, la jornada y la coordinación entre empresa y centro.
En este artículo te dejo lo esencial, sin tecnicismos innecesarios.
🔎 Lo esencial del Real Decreto 1065/2025
El contrato formativo pasa a tener dos modalidades:
✔️ 1. Formación en alternancia
Combina trabajo + formación, integrados mediante un plan formativo individual ligado al ciclo de FP o formación acreditada.
✔️ 2. Práctica profesional para titulados
Para personas que ya han finalizado estudios y necesitan adquirir experiencia profesional regulada.
En el caso de la formación en alternancia, estos son los puntos clave:
🧩 Integración obligatoria entre empresa y centro
La empresa debe firmar un convenio de cooperación con el centro formativo.
Además, debe existir una tutorización dual: una persona tutora en la empresa y otra en el centro.
🕒 Jornada reducida para garantizar la formación
La jornada laboral queda limitada a:
- 65 % el primer año,
- 85 % el segundo año,
Esto garantiza tiempo real para la formación, no solo para el trabajo.
⛔ Límites importantes
No se permiten:
- Horas extra
- Trabajo nocturno
- Turnos especiales por motivos productivos
(Solo se aceptan excepciones justificadas por necesidades formativas).
📉 Tope de contratos por centro de trabajo
Para evitar la sobrecarga y el uso indebido de la figura formativa, el RD regula cuántas personas en alternancia puede acoger una empresa:
- Hasta 3 contratos si la empresa tiene ≤ 10 personas.
- Porcentajes máximos si el centro tiene más plantilla.
🎯 ¿Por qué este cambio importa para la FP Dual?
Este Real Decreto marca un antes y un después porque:
✦ La formación cuenta de verdad
Ya no se puede usar la alternancia para “cubrir huecos”. El RD exige coherencia entre lo que se aprende y lo que se hace.
✦ La coordinación deja de ser opcional
La tutorización y el plan formativo individual pasan a ser obligatorios y auditables.
Esto es clave para mejorar la calidad de la FP Dual.
✦ Mayor protección a la persona estudiante
Se refuerzan derechos laborales y formativos: jornada adaptada, límites claros y condiciones dignas desde el inicio.
✦ Seguridad jurídica para empresas y centros
Todos los actores saben qué deben cumplir y qué no está permitido.
Menos ambigüedad → más calidad → menos riesgos.
✅ Qué deberían hacer ya empresas, centros y RRHH
Aquí tienes un checklist muy claro para actuar antes de 2026:
1️⃣ Revisar convenios de cooperación
Asegurar que incluyen:
- Plan formativo real
- Responsabilidades claras
- Tutores designados
- Evaluación y seguimiento
2️⃣ Rediseñar la integración laboral
Las tareas deben tener sentido formativo.
Nada de usar a alumnado como refuerzo barato.
3️⃣ Respetar límites de contratos
Planificar cuántas personas pueden entrar sin saturar el centro de trabajo.
4️⃣ Revisar la jornada y los tiempos formativos
Garantizar que el horario permite cumplir con la parte educativa del ciclo.
5️⃣ Preparar a tutores y equipos
La tutorización no es una etiqueta: requiere tiempo, criterio y acompañamiento.
Este Real Decreto no solo regula: marca una dirección.
La FP Dual avanza hacia modelos más exigentes, más coherentes y más centrados en la persona estudiante.
Y para empresas y centros preparados, esto no es un obstáculo:
es una oportunidad para hacer las cosas bien y atraer talento emergente con sentido.
